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LABORAL COLECTIVO

 

Los famosos sindicatos: Existe una asociación permanente de trabajadores o de patronos, que se constituye con el objetivo de mejorar, estudiar y proteger los intereses económicos y sociales en común, que se tienen en un centro de trabajo, esta asociación es el llamado sindicato, el cual impera en lo colectivo, y debe entenderse qué es. El ministerio de trabajo es el encargado de ver todo lo relativo a los sindicatos, de manera que debe llevar el control para su autorización, para aprobar los estatutos, juntas y la inscripción del mismo que conlleva su personería jurídica. Para formarlo se necesitan como mínimo unos veinte trabajadores, ahora si es de patronos, el sindicato necesita por lo menos cinco patronos.

En lo laboral colectivo, encontramos a diferencia del individual, el llamado contrato colectivo, que es realizado por uno o varios patronos y uno o varios sindicatos de trabajadores, pudiendo realizarse también con uno o varios sindicatos de patronos; en este contrato el llamado sindicato/s, de trabajadores, a través de dicho contrato se responsabilizan haciendo un compromiso de ejecución de labores, por parte de algunos o de todos los que componen el sindicato, con el fin de recibir un pago por su servicio, es decir un salario, una remuneración, ajustándose dicho salario para recibirlo de la misma forma y para cada uno de los miembros.

Dentro de lo colectivo, también encontramos el pacto colectivo de condiciones de Trabajo; este posee carácter de ley profesional, esto es así, porque se extiendo a todos y cada uno de los contratos individuales y colectivos que se hayan realizado en el centro de trabajo, de manera que todos lo deben obedecer; en este se encuentran contenidas las condiciones de trabajo que entre uno o varios sindicatos y uno o varios patronos o uno o varios sindicatos de patronos, fijan para que de esta forma rija la manera en que se prestaran los debidos servicios, tanto por el patrono como por los trabajadores.

 

Otra figura importante, en laboral colectivo, es el conjunto de normas pensadas y establecidas por el empleador (patrono), apegándose a las leyes, contratos, pactos colectivos y reglamentos, en donde se regla la forma en la que deben comportarse trabajadores y patronos y que obligadamente deben observar para que reine la armonía dentro del centro de trabajo; a este conjunto de normas se le ha llamado reglamento interno de Trabajo.

Esta rama del Derecho Laboral es especial, ya que centra su estudio en cuanto los grupos tanto de patronos como de trabajadores que organizados buscan un beneficio. Su propia denominación nos permite ver que siempre actúan en conjunto, con aras en obtener diversos beneficios y mejoras a sus condiciones.

En Guatemala, dentro de esta rama existen dos grandes áreas a través de las cuales los trabajadores –y patronos, en menor medida-, pueden acudir para obtener tales beneficios. A) Los conflictos de carácter económico social y B) Los conflictos de carácter jurídico. A través de los primeros, los trabajadores buscan a obtención de mejoras económicas, de condiciones de trabajo, pero más que todo salariales (aumentos, escalafones, bonos, comisiones). En los conflictos de carácter jurídico, los trabajadores o patronos acuden a la jurisdicción para que se aplique una norma o ley que no está siendo aplicada en los lugares de trabajo.

Entre otros temas a través de estos procedimientos se puede llegar a obtener pactos colectivos de condiciones de trabajo, cuyos elementos beneficien a ambas partes en las empresas y lugares de trabajo. Por otro lado, al no resolverse las controversias de forma amigable, las partes pueden optar por ir a la huelga o al paro, previo un proceso legal cuyas implicaciones pueden ser diversas.

El derecho colectivo de trabajo siempre tiene un contacto directo con jueces y autoridades estatales. Por tal razón, es necesario que ambas partes cuenten con una asesoría legal necesaria que busque la representación equitativa de sus intereses, para lograr conciliar los mismos, obtener mejoras y soluciones antes de acudir a un conflicto que pueda desgastar a las empresas.

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